No hacer cumplir las normas que existen contra el ruido, motivó que un municipio sea condenado a indemnizar a un ciudadano en España...
Una muestra que cuando la ciudadanía hace una denuncia ante el municipio, y no se aplican las ordenanzas, puede ser obligado a indemnizar al afectado, acaba de producirse en la localidad de Laredo, ayuntamiento de Santander, España.
El caso se inició cuando un vecino se quejó ante las autoridades municipales por los daños siquiátricos y sus secuelas a causa del ruido producido en un bar del primer piso de su vivienda.
Como su pedido no tuvo mayor repercusión, acudió al Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de la Comunidad Autónoma de Santander, provincia de Cantabria, al norte del país.
En aquella ocasión, el tribunal estableció abonar al vecino una reparación civil de seis mil euros, cerca de treinta mil soles.
Sin embargo, el problema continuó ante la pasividad del alcalde de la ciudad, según refiere el diario 20 Minutos.
Entonces, el afectado optó por acudir al Tribunal Supremo de Justicia de Cantabria, argumentando que sufría síntomas depresivos, ansiedad y estrés que repercutían en el desarrollo de sus actividades académicas, laborales y cotidianas.
El nuevo proceso resolvió multiplicar por diez la cifra inicialmente impuesta y la condena al cabildo de Laredo ascendió a 63,953.31 euros, cerca de cien mil dólares o más de un cuarto de millón de soles.
La fundamentación respectiva destaca que la exposición prolongada a un elevado nivel de ruido constituye un peligro para la salud e implica la vulneración del derecho a la integridad física y moral e intimidad que rige la Constitución de España.
El documento hace hincapié en la gravedad del caso ya que el problema afectó a los padres ya fallecidos del quejoso que soportaron ruidos de 47.2 decibelios, frente a los treinta decibelios autorizados por la ordenanza municipal.
La decisión judicial marca un hito importante respecto a la defensa del derecho de la gente a la tranquilidad y el descanso.
No obstante, mientras algunos opinan que los tribunales deben continuar sancionando a los municipios para obligarlos a hacer cumplir las leyes, otros piensan de manera diferente.
Sostienen que, si el cabildo cancela la indemnización, tendría que utilizar los recursos recaudados de los impuestos que paga el pueblo.
Por lo tanto, estiman que realmente quienes deben abonar la sanción son los que han quebrantado las normas edilicias vigentes.
En Trujillo son numerosas las personas que no respetan las ordenanzas municipales, en los más diversos aspectos, atentando contra el orden, la seguridad y la tranquilidad de la población.
¿Algún ciudadano o institución se animaría a enjuiciar al municipio por no hacer cumplir las disposiciones que existen al respecto…?
Una muestra que cuando la ciudadanía hace una denuncia ante el municipio, y no se aplican las ordenanzas, puede ser obligado a indemnizar al afectado, acaba de producirse en la localidad de Laredo, ayuntamiento de Santander, España.
El caso se inició cuando un vecino se quejó ante las autoridades municipales por los daños siquiátricos y sus secuelas a causa del ruido producido en un bar del primer piso de su vivienda.
Como su pedido no tuvo mayor repercusión, acudió al Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de la Comunidad Autónoma de Santander, provincia de Cantabria, al norte del país.
En aquella ocasión, el tribunal estableció abonar al vecino una reparación civil de seis mil euros, cerca de treinta mil soles.
Sin embargo, el problema continuó ante la pasividad del alcalde de la ciudad, según refiere el diario 20 Minutos.
Entonces, el afectado optó por acudir al Tribunal Supremo de Justicia de Cantabria, argumentando que sufría síntomas depresivos, ansiedad y estrés que repercutían en el desarrollo de sus actividades académicas, laborales y cotidianas.
El nuevo proceso resolvió multiplicar por diez la cifra inicialmente impuesta y la condena al cabildo de Laredo ascendió a 63,953.31 euros, cerca de cien mil dólares o más de un cuarto de millón de soles.
La fundamentación respectiva destaca que la exposición prolongada a un elevado nivel de ruido constituye un peligro para la salud e implica la vulneración del derecho a la integridad física y moral e intimidad que rige la Constitución de España.
El documento hace hincapié en la gravedad del caso ya que el problema afectó a los padres ya fallecidos del quejoso que soportaron ruidos de 47.2 decibelios, frente a los treinta decibelios autorizados por la ordenanza municipal.
La decisión judicial marca un hito importante respecto a la defensa del derecho de la gente a la tranquilidad y el descanso.
No obstante, mientras algunos opinan que los tribunales deben continuar sancionando a los municipios para obligarlos a hacer cumplir las leyes, otros piensan de manera diferente.
Sostienen que, si el cabildo cancela la indemnización, tendría que utilizar los recursos recaudados de los impuestos que paga el pueblo.
Por lo tanto, estiman que realmente quienes deben abonar la sanción son los que han quebrantado las normas edilicias vigentes.
En Trujillo son numerosas las personas que no respetan las ordenanzas municipales, en los más diversos aspectos, atentando contra el orden, la seguridad y la tranquilidad de la población.
¿Algún ciudadano o institución se animaría a enjuiciar al municipio por no hacer cumplir las disposiciones que existen al respecto…?
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